Las nuevas prácticas duales en empresa

Desaparece el módulo de prácticas en empresa

Toda la FP será dual: el fin de las prácticas en empresa como módulo

Con la nueva ley de FP desaparece el módulo de FCT (Formación en Centros de Trabajo) como tal… Sin embargo, esto no significa que desaparezcan las prácticas en la empresa. De hecho es más bien al contrario. El número mínimo de horas realizadas por el alumnado en empresa será de, al menos, 500 horas para los grados medio y superior, lo que supone un incremento de las horas totales de prácticas. ¿Cómo es esto posible? El motivo es que ahora las prácticas en empresa ya no son consideradas un módulo independiente, sino que son parte de la formación necesaria para superar los diferentes módulos del título en cuestión. Es decir: que los módulos asociados a estándares de competencia se impartirán obligatoriamente en parte en el centro formativo y en parte en la empresa. De este modo, toda la FP pasará a ser una verdadera dual.

 

Dado que esto afecta obligatoriamente a todos los módulos asociados a estándares de competencia, las prácticas en dual se extienden a todos los cursos que dure la formación, es decir, incluyendo el primer curso si se trata de una formación de grado D (como los grados medios y superiores, o como los grados básicos, aunque en este último caso sólo realizarán prácticas en empresa durante el primer año aquellos estudiantes que posean 16 o más años cumplidos).

 

Dos tipos de régimen: general e intensivo

Las prácticas en empresa poseerán dos tipos de régimen: el régimen general y el régimen intensivo. 


Régimen general (grados C y D niveles 2 y 3) 

  • La duración de las prácticas en empresa será de entre el 25%  y el 35% de la duración total del grado C o D. 
  • El número de resultados de aprendizaje que irá a empresa oscilará entre el 10% y el 20% del total de resultados de aprendizaje de los módulos profesionales. 
 

Régimen general (grados C y D nivel 1) 

  • Por defecto, las formaciones de nivel 1 serán siempre en régimen general. 
  • La duración de las prácticas en empresa será a partir del 20% de la duración total de la oferta formativa.
  • El número de resultados de aprendizaje que irá a empresa oscilará entre el 10% y el 20% del total de resultados de aprendizaje del ámbito profesional. 

 

Régimen intensivo 

  • Principalmente para los niveles 2 y 3. 
  • La duración de las prácticas en empresa será de entre el 35% y el 50% de la duración total de la oferta formativa.
  • El número de resultados de aprendizaje que irá a empresa será al menos el 30% de los resultados de aprendizaje de los módulos asociados a estándares de competencia. 
  • El régimen intensivo incluirá contrato de formación. La fecha límite para adaptarse del sistema de beca a contrato de formación es el 31 de diciembre
    del año 2028. 

Cabe destacar que en una misma aula puede convivir alumnado en ambos regímenes simultáneamente.

Evaluación de las prácticas en empresa

Véase el punto La evaluación en la FP.

Condiciones generales

  • Para poder realizar las prácticas en empresa habrá que tener los 16 años cumplidos.
  • Habrá que haber recibido la formación oportuna relativa a prevención de riesgos laborales previamente (por lo que las prácticas en empresa deberían comenzar, como pronto, a partir del segundo trimestre del primer curso).
  • Los módulos vinculados a estándares de competencia han de impartirse, obligatoriamente, entre el centro formativo y la empresa.
  • Ningún módulo podrá enviar más del 65% de sus horas totales a empresa.
  • Las prácticas en empresa se pueden realizar hasta 2 veces.
  • Los centros formativos tendrán que avisar de la realización de las prácticas en empresa con una antelación mínima de 2 meses.
  • Los grados C y D poseerán prácticas en empresa en todos los casos. Los grados E podrán incorporar prácticas en empresa. Los grados A y B, en algún caso, podrían incorporar también prácticas en empresa.
  • Si la empresa lo considera oportuno, cabe el teletrabajo en las prácticas en empresa.
  • Las prácticas en empresa se pueden llevar a cabo en una o varias empresas.
  • Pueden llevarse a cabo también en centros educativos, siempre que se asegure el aprendizaje de los resultados de aprendizaje estipulados. En este caso, el tutor de empresa no puede ser parte del equipo docente de la oferta formativa de la que se trate.
  • Horario nocturno, o periodos no lectivos o no coincidentes con el calendario escolar: se requiere autorización de la administración correspondiente.
  • La formación en empresas se puede ampliar más allá del currículo, con carácter voluntario y ampliación de horas, obteniendo así una certificación al margen de la titulación.
  • Un profesor de cada equipo docente podrá asistir asimismo a realizar las prácticas, previa autorización de la administración correspondiente.
  • Cada estudiante poseerá un plan de formación en el que se especificará qué resultados de aprendizaje se impartirán en el centro, en la empresa, o conjuntamente.

 

©Fernando Soler

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